Con la mejora progresiva de la situación sanitaria, son muchos los que esperaban con ganas la llegada del verano. Sin embargo, todavía algunas empresas cuentan con trabajadores en ERTE, ya que el gobierno aprobó una prórroga hasta septiembre de 2021.
Si este año te has visto afectado por una suspensión temporal de empleo o una reducción de jornada, resolvemos las preguntas más frecuentes acerca de las vacaciones y los ERTE.
Lo primero que debes tener en cuenta es que, mientras dure el ERTE de suspensión de contrato, el trabajador no genera derecho a vacaciones, ya que su relación laboral con la empresa se cancela. Para saber cuánto tiempo de descanso te pertenece, deberás restar 2,5 días por cada mes no trabajado.
En cambio, en el caso del ERTE parcial y las vacaciones, el periodo no se altera, aunque la jornada laboral se reduzca.
Si quieres aplazarlas, dependerá del tipo de ERTE que adopte la empresa. Si se trata de una suspensión de contrato temporal, se cancelarán. En el caso de reducción de jornada, el trabajador deberá acordarlo con la empresa.
La empresa tiene la opción de proponer al trabajador disfrutar de sus vacaciones, pero no puede imponerlas. Deben pactarse de mutuo acuerdo, conforme a lo establecido en el artículo 38 del Estatuto del Trabajador.
En el caso de que ambas partes no logren alcanzar un acuerdo, la Jurisdicción Social competente fijará una fecha y se basará en el artículo 125 de la Ley de la jurisdicción social. La decisión no podrá recurrirse.
Otra duda muy frecuente de algunos empleados es saber qué pasará con la paga extra que reciben en este periodo del año.
Durante el ERTE de suspensión no se genera la parte proporcional de la paga extraordinaria, ya que la relación laboral no está activa.
Si te encuentras en un ERTE de reducción de jornada, el trabajador cobrará la parte proporcional del salario a las horas trabajadas.
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