Un Plan de Igualdad de Empresa es un instrumento técnico que permite a la empresa realizar un diagnóstico sobre la situación de las mujeres y hombres que forman parte de la plantilla. Se trata de evaluar la política salarial, el proceso de acceso y promoción, el sistema de formación y la cultura laboral, con el fin de tener una idea clara de la situación de las trabajadoras y trabajadores para comprobar si existen situaciones de desigualdad que pudieran vulnerar los derechos laborales de las trabajadoras.
Una vez realizado el estudio, se diseña de manera negociada con la empresa y representantes de las personas trabajadoras el Plan de Igualdad de Empresa, que consiste en un conjunto de actuaciones que a lo largo de un periodo de tiempo determinado tratarán de impulsar la igualdad de oportunidades entre las trabajadoras y los trabajadores.
El marco normativo que sostiene e impulsa el desarrollo de Planes de Igualdad en las Empresas responde a los requerimientos de los acuerdos adoptados a nivel internacional y Europeo y que España ha firmado.
A nivel Estatal la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres recoge los fundamentos de las políticas de igualdad en España, incidiendo de manera muy clara en el ámbito laboral.
Los resultados obtenidos en estos doce años han sido diversos y, aunque en su conjunto, han provocado cambios reales y un aumento del conocimiento y de la conciencia por parte de las empresas y personas trabajadoras, los resultados obtenidos no son lo suficientemente significativos.
Por esta razón se ha realizado una reciente modificación a la LO 3/2007, se trata del Real Decreto-Ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para la garantía de la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación.
Las empresas con cincuenta o más personas en plantilla tienen la obligatoriedad de diseñar un Plan de Igualdad de Empresa consensuado, que además debe ser inscrito en un registro público creado al efecto.
Este requerimiento afecta a todo tipo de empresas, tanto públicas como privadas. Igualmente, no importa el campo de intervención: la industria, los servicios, la agricultura, etc.
Si las empresas contratan con las Administraciones tienen que contemplar, que en las licitaciones se establecen cláusulas que priman a las empresas que cuentan con Planes de Igualdad.
En primer lugar, cumplirán con la norma y se ajustarán a la Ley. Además, un Plan de Igualdad de empresa les permitirá hacer una valoración de la situación de género de su plantilla y revisar sus procedimientos y protocolos en cuanto a la selección del personal, formación y promoción, condiciones de trabajo y políticas salariales.
Por otra parte, un Plan de Igualdad de Empresa permite revisar la cultura laboral en aspectos importantes para la promoción de la igualdad de oportunidades, por ejemplo, el establecimiento o la revisión de medidas de conciliación o contra el acoso sexual y el acoso por razón de género.
Las actuaciones incluidas en un Plan de Igualdad de Empresa afectan a toda la plantilla, por tanto, no tienen como beneficiarias únicas a las mujeres, y tienen como fin último conseguir entornos laborales modernos donde la eficacia, el valor de las personas trabajadoras y el compromiso con la empresa sean los pilares que las sostiene.
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Autora: Charo Carrasco Tristancho
Experta en Igualdad Colaboradora en Creativa Asesores
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