Hace poco conocíamos el calendario con las fechas más importantes de la nueva campaña de la declaración de la Renta y Patrimonio 2019-2020. ¿Lo tienes todo preparado? Nuestros asesores fiscales en Sevilla nos cuentan qué deducciones fiscales podemos aprovechar y ahorrarnos cuando llegue el momento de presentar el borrador.
Como cada año, todos los contribuyentes tienes que rendir cuentas con Hacienda en la declaración de la Renta. En este sentido, a veces, el resultado saldrá a devolver y otras, en cambio, a pagar. No obstante, existen una serie de deducciones fiscales que afectarán al resultado. Algunos son:
1. Planes de pensiones. Sin duda, invertir dinero en tu jubilación consiste en una de las formas más conocidas de desgravar gastos. Es decir, tienes la posibilidad de restar lo que atribuyas a un plan de pensiones de la base imponible. De esta manera, Hacienda te dará la opción de ahorrarte hasta 8 000 € o el 30 % de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas. Asimismo, se podría añadir la aportación de tu pareja, en determinadas circunstancias.
2. Alquiler de tu vivienda. Para alquileres antiguos con contratos firmados antes del 1 de enero de 2015 (deducción fiscal estatal) y cumpliendo siempre los requisitos establecidos en la ley. También hay deducciones autonómicas, aunque depende de la región, existiendo en Andalucía la posibilidad de practicarla.
3. Deducción Hipoteca adquisición Vivienda habitual. Siempre y cuando la compra se realizara antes del 2013. Existe la posibilidad de deducir de la cuota a pagar el 15% de la cantidad pagada de hipoteca, con un máximo de aportación de 9 040 € al año.
4. Donaciones. ¿Sabes que apoyar económicamente en fundaciones o asociaciones sin ánimo de lucro también puede tener beneficios fiscales? Todo depende del resultado de tu declaración, de la cantidad de tu contribución y si es reiterada en más de un año (pudiendo deducirte hasta un 75 % de la cantidad donada).
5. Deducción por familia numerosa. Pudiendo alcanzar los 1 200 € de devolución añadida al resultado de la declaración.
6. Deducción por persona con discapacidad a cargo. Si se cumplen los requisitos, serían 1 200 € a restar del resultado de la declaración, siendo esta deducción de las pocas que generan devolución incluso sin tener retenciones. Pero ojo, ten en cuenta que una persona con una prestación por incapacidad total o absoluta se le reconoce una discapacidad.
En Creativa Asesores somos especialistas en asesoramiento fiscal. ¿Necesitas ayuda? Reserva ya tu cita y descubre cómo podemos ayudarte a ahorrar en tu declaración de la Renta.
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